Finalmente se regulará la norma del país europeo que designa cuándo un Pan es realmente Integral. Una ambigüedad que ha durado ya demasiado tiempo en perjuicio de los consumidores.
La actual normativa que reglamenta la fabricación y comercialización de tostadas y pan precortado posee un breve texto que señala: «Pan integral: es el elaborado con harina integral”, que no especifica el porcentaje de harina integral que debe llevar. Prácticamente no hay restricciones para el uso de las palabras; “Integral” y “Artesanal” y eso se traduce en confusiones muy delicadas los consumidores.
En el mercado español la discusión está en rojo. Al visitar sus mercados nos encontramos con pan rebanado integral envasado industrialmente en cuya composición la verdad no hay rastro de harina integral. También ocurre en cereales que destacan en el envase el texto; «Elaborado con trigo 100% integral», pero al examinar la composición puede concluirse que el principal ingrediente es arroz y de trigo integral solo lleva un 37%. Claramente la ley que aún hoy regula estos productos que debieran contener grano entero, pero no se especifica en qué porcentaje dichos granos deben estar presentes.
Así entonces el porcentaje de grano entero será anecdótico y hay un factor que le añade una alta cuota de preocupación a la situación; si un consumidor en España compra una hogaza envasada de Pan de Centeno es altamente probable que el color oscuro se deba a que está pintado con melaza. Si, en cambio este consumidor elige un pan blanco es posible que lleve incluido algún blanqueante. Y todo esto aún es legal hoy.
Ante esta delicada situación, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de España está tratando de levantar un nuevo proyecto que derogue la ley vigente, de manera que se adecúe la normativa sobre el pan y panes especiales vendidos en tiendas, supermercados y grandes superficies convencionales a las actuales demandas del mercado y se suministre al consumidor la información correcta para facilitarle la elección de compra.
¿Y qué ocurre al respecto en otras zonas de Europa? En Suecia y Dinamarca un producto se encuentra bajo el nombre de “Integral” solamente si tiene al menos 50% de harina integral en su composición. Otro ejemplo es el de Alemania, que hoy tiene una de las legislaciones más duras del Viejo Continente; Para que el pan se considere integral debe contar nada menos que con un 90% de esta harina y un 100% en el caso de las pastas. Los Holanda se exige que el 100% de la harina sea integral para que un pan se pueda etiquetar como tal. Por tanto España está aún muy lejos de esos estándares, pero busca reducir la brecha.
Un estudio publicado en agosto de 2017 desarrollado por investigadores de la Universidad de Delaware USA, concluye que en lo referente a panes comercializados industrialmente muchas etiquetas en América del Norte y el Viejo Continente no sólo ensalzan un efecto positivo inexistente de los panes supuestamente “integrales” o “artesanales”, sino que además ocultan sus posibles implicaciones negativas a los clientes.
Fuentes :
www.20minutos.es www.alimente.elconfidencial.com www.muhimu.es